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La Corte Suprema confirma la libertad parental y religiosa en el caso Mahmoud v. Taylor


27 de junio de 2025, Washington, D.C. – En una decisión histórica hoy, la Corte Suprema de los Estados Unidos falló a favor de los padres musulmanes y cristianos del condado de Montgomery, Maryland, en el caso Mahmoud contra Taylor . La decisión, dictada por 6 votos a favor y 3 en contra, por el juez Alito, afirma el derecho constitucional de los padres a dirigir la educación religiosa de sus hijos, incluso dentro del sistema escolar público. Este fallo tiene importantes implicaciones para el equilibrio entre la política educativa y la libertad religiosa, y ha generado polémica y celebración en todo el país.

“Nos alegra que la Corte reconozca el papel primordial de los padres en la formación religiosa y moral de sus hijos, respetar su derecho constitucional fortalece la libertad de conciencia y refuerza la confianza de las familias en el sistema educativo.” , remarcó el Obispo Guillermo Ahumada , presidente del IMFC “ Al mismo tiempo, es esencial que ese respeto vaya acompañado de un diálogo constructivo entre escuelas y hogares, las instituciones públicas pueden seguir promoviendo valores de inclusión y diversidad si trabajan de manera transparente con los padres, asegurando que la enseñanza respete todas las convicciones sin fracturar la unidad del aula.”


Antecedentes del caso


El caso se originó a raíz de un cambio de política de la Junta de Educación del Condado de Montgomery durante el año escolar 2022-2023. La Junta introdujo una serie de libros de cuentos "LGBTQ+ inclusivos" en el currículo de primaria, dirigidos a estudiantes desde preescolar hasta quinto grado. Estos libros, incluyendo títulos como " La boda del tío Bobby" y "Príncipe y caballero" , contenían temas relacionados con la sexualidad y el género que algunos padres consideraban contrarios a sus creencias religiosas.


Inicialmente, la Junta permitía a los padres excluir a sus hijos de las clases que incluían estos materiales, en consonancia con sus "Directrices para el Respeto a la Diversidad Religiosa". Sin embargo, en marzo de 2023, la Junta anuló esta política de exclusión voluntaria, alegando dificultades logísticas y posibles perturbaciones en el ambiente del aula como motivos del cambio. Esta decisión impulsó a un grupo de padres, entre ellos Tamer Mahmoud, Enas Barakat, Jeff y Svitlana Roman, y Chris y Melissa Persak, a presentar una demanda ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Maryland. Argumentaron que la política de exclusión voluntaria vulneraba su derecho al libre ejercicio de la religión, amparado por la Primera Enmienda.


El fallo de la Corte Suprema


La Corte Suprema revocó las decisiones tanto del Tribunal de Distrito como del Tribunal de Apelaciones del Cuarto Circuito, otorgando una medida cautelar a los padres. La opinión mayoritaria, con el apoyo del Presidente del Tribunal Supremo Roberts y los Jueces Thomas, Gorsuch, Kavanaugh y Barrett, sostuvo que la política de la Junta “interfiere sustancialmente con el desarrollo religioso” de los hijos de los solicitantes, haciendo eco del precedente establecido en Wisconsin v. Yoder (1972). La Corte enfatizó que los libros de cuentos imponen un conjunto de valores “hostiles” a las creencias religiosas de los padres y ejercen una “presión psicológica para conformarse” en niños pequeños e influenciables.


El juez Alito escribió:

“Un gobierno obstaculiza el ejercicio religioso de los padres cuando les exige someter a sus hijos a una instrucción que plantea ‘una amenaza muy real de socavar’ las creencias y prácticas religiosas que los padres desean inculcarles”.


El Tribunal ordenó a la Junta notificar a los peticionarios con antelación cada vez que se utilizarían los libros o materiales similares impugnados y permitir que sus hijos fueran eximidos de dicha instrucción hasta que se completara la revisión de apelación. Esta decisión subraya que la educación pública, como beneficio público, no puede condicionarse a que los padres acepten una carga en su práctica religiosa.


Reacciones e implicaciones


El fallo ha sido aclamado como una victoria para la libertad religiosa por muchos defensores. David Trimble, presidente del Instituto de Libertad Religiosa (RFI), declaró:


La decisión de hoy reivindica la libertad religiosa, protegida por la Constitución, y los derechos parentales de las personas de fe en el condado de Montgomery que desean criar a sus hijos de acuerdo con sus convicciones religiosas. La Corte Suprema ha enviado un mensaje claro: la libertad religiosa de las familias estadounidenses no se limita a la escuela pública.


El juez Thomas, en su opinión concurrente, destacó además el contexto histórico, señalando que la introducción de tales programas de estudio carece de una tradición profundamente arraigada en la educación estadounidense y, por lo tanto, no puede anular los derechos de larga data de los padres a guiar la educación religiosa de sus hijos.


Sin embargo, la decisión no estuvo exenta de disenso. La jueza Sotomayor, junto con los jueces Kagan y Jackson, emitió un enérgico disenso, advirtiendo del posible caos que este fallo podría desatar en la educación pública. Argumentó que la decisión de la mayoría crea, en la práctica, un veto parental sobre los planes de estudio, lo que socava el proceso democrático y el control local sobre la educación. Sotomayor advirtió:


El resultado será un caos para las escuelas públicas de este país. Exigir a las escuelas que avisen con antelación y les den la oportunidad de no participar en ningún plan de clase o hora del cuento que pueda implicar las creencias religiosas de los padres impondrá cargas administrativas insostenibles a las escuelas.


Impacto más amplio


La decisión Mahmoud v. Taylor plantea interrogantes cruciales sobre la intersección de la política educativa y la libertad religiosa. Sienta un precedente que podría influir en la gestión de los currículos que abordan temas delicados en las escuelas de todo el país, lo que podría dar lugar a una oleada de demandas similares por parte de padres de diversas confesiones. Los críticos temen que pueda frenar la inclusión de perspectivas diversas en la educación, mientras que los defensores argumentan que protege un derecho fundamental contra la extralimitación del Estado.


A medida que este caso continúa su revisión en apelación, sus ramificaciones probablemente moldearán el panorama de la educación pública y la libertad religiosa en los próximos años. Por ahora, la Corte Suprema ha priorizado firmemente el derecho de los padres a proteger a sus hijos de ideologías contradictorias en la protección constitucional.


¿Qué opinas de esta decisión? ¿Logras el equilibrio adecuado entre la libertad religiosa y la educación pública, o corres el riesgo de fragmentar el sistema escolar? Comparte tu opinión en los comentarios.

 
 

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